Fundamentación legal: voluntariado

El Proyecto que aquí presentamos depende en gran parte de la participación de la familia, asociaciones, voluntariado, agentes sociales, otras administraciones que no sean únicamente la educativa… personas ajenas a la Consejería de Educación pero que pueden utilizar determinados cauces legales para su participación activa en los centros, ya sea mediante actividades complementarias (en horario escolar) o extraescolares, fuera del tiempo lectivo (Orden de 11 de noviembre de 1997 y Orden de 31 de marzo de 2006).

La Ley más amplia y general en cuanto a voluntariado en Andalucía es la Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado. Aquí se reconoce la utilidad social del voluntariado y su participación en asuntos de índole general. La acción voluntaria, según esta Ley, se basa en el compromiso libre, responsable y altruista de los voluntarios… aclara por otra parte que se va a referir sobre todo al voluntariado organizado, esto es, que se desarrolla a través de entidades sin ánimo de lucro, y declara expresamente que la educación es uno de sus posibles ámbitos de actuación.

Por su parte, la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, defiende que la educación es un importante instrumento de lucha contra las desigualdades y la consecución del estado del bienestar, buscando que todo el alumnado consiga los mismos objetivos, que se asegure la igualdad de oportunidades según los principios de normalización y de integración escolar, que se desarrollen actitudes de comunicación y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativas, y que se promueva la coordinación y colaboración de distintas administraciones, instituciones, asociaciones y ONG’s para el desarrollo de acciones compensadoras y de solidaridad. Todos estos objetivos, según esta Ley, se deben articular a través de la investigación y renovación pedagógica.

El procedimiento de participación del voluntariado en los centros docentes queda claramente regulado por la Orden de 11 de noviembre de 1997, que aclara únicamente que las entidades de voluntariado presentarán un Proyecto de voluntariado a la dirección del Centro, ésta lo presentará ante el Consejo Escolar, se decidirá su incorporación o no al Plan Anual de Centro, y se elaborará una memoria final sobre cada Proyecto.

Se incluye expresamente en esta orden la idea de “colaborar en la atención a los alumnos durante el desarrollo de las actividades educativas complementarias y extraescolares”, entre otras posibles actividades.

Una idea muy importante que aparece en la Ley del Voluntariado y se repite en la normativa específica de educación es que la acción voluntaria no se lleva a cabo “para eximir a los poderes públicos de su deber de garantizar el derecho de los ciudadanos al bienestar, sino para complementar, ampliar y mejorar las iniciativas necesarias para alcanzar una mejor calidad de vida colectiva”. En ningún caso el voluntariado podrá “reemplazar actividades que estén siendo desarrolladas por medio de trabajo remunerado o servir para eximir a las Administraciones Públicas andaluzas de garantizar a los ciudadanos las prestaciones o servicios que éstos tienen reconocidos”.

En el caso de la Orden de 11 de noviembre de 1997, esta idea queda aún más clara al afirmar que “quedan excluidas de las actividades de Voluntariado [...] aquéllas que puedan dar lugar a una sustitución total o parcial del personal del centro en el ejercicio de su trabajo o en la asunción de las responsabilidades que le competen”.Esto quiere decir que en ningún momento la entrada de los voluntarios en las aulas va a suponer la eliminación de responsabilidades previas ni el reemplazo de la actividad del profesor, sino simplemente la prestación de una ayuda complementaria. La pretensión de este Proyecto es precisamente añadir posibilidades, sumar recursos, nunca eliminar. Y seguirá siendo en nuestro Centro el profesor el último responsable de la actividad del aula y el que libremente optará por introducir (puntualmente o de un modo sistemático) o no introducir voluntarios en el aula. Con nuestro proyecto pretendemos se crear la posibilidad de que entren voluntarios, se hace un seguimiento exhaustivo de dichas actividades y se proponen o evalúan de un modo democrático y constante. Pero en cada momento, en el “día a día” del aula, es cada profesor y profesora el que decide si desea contar o no con dicho apoyo, teniendo en cuenta también la disponibilidad de dicho voluntariado.


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