Fundamentación legal: contenidos académicos y actitudes democráticas

En un Proyecto como el nuestro, que se centra en la consecución de resultados académicos a la vez que en el fomento de actitudes solidarias y democráticas, este sería tal vez el primer tema que debamos buscar en la legislación. Ya en el Artículo 27.2 de nuestra Constitución se habla de que la educación no solamente debe referirse a los contenidos más puramente académicos, sino que “tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”.

En los fines de la educación de la reciente LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) hay cinco que se refieren no tanto a los contenidos tradicionales de tipo conceptual sino a otros más encaminados al desarrollo pleno de capacidades individuales (sean cuales sean), creatividad, espíritu emprendedor, ejercicio de la ciudadanía, hábitos democráticos de convivencia, espíritu emprendedor.... (Artículo 2.1.a,b,c,f,k). Por tanto, habrá que buscar la manera de que en el aula se trabaje simultáneamente a favor de la consecución de las dos metas formativas: alcanzar un nivel académico adecuado y desarrollar todo tipo de capacidades personales y de índole social.

Considera la LOE además que la comprensión lectora y la expresión oral y escrita deben trabajarse en todas las asignaturas, además de las tecnologías de la información y la comunicación y la educación en valores (Artículo 24.7). Y una de las ideas principales de nuestro proyecto para la superación del fracaso escolar es el refuerzo de las materias instrumentales.

Aunque la Ley de Educación de Andalucía (LEA) es aún un Proyecto que está en fase de debate (CE/JA, 2006), es el documento temporalmente más cercano del que disponemos para hacernos una idea de la perspectiva pedagógica predominante en el contexto andaluz. A falta del desarrollo normativo autonómico de la LOE, es lo único que en este momento puede tenerse en cuenta en el contexto andaluz, aun tomándolo con carácter provisional.

En el Proyecto LEA también se habla de que hay que superar el fracaso escolar y adaptarse a los retos de la sociedad del conocimiento, adaptándose a las necesidades y capacidades de cada persona, evitando los riesgos de marginación social y haciendo que el alumnado alcance un nivel mínimo de conocimientos que le permita participar activamente en la vida social (CE/JA, 2006:20, 104). Sólo existe sociedad de la información donde hay una base educativa de cierto nivel, afirma el Proyecto LEA, de forma que “solo participa en ella y de ella quienes tienen altos niveles de educación” (CE/JA, op.cit.: 76). De todos los textos legislativos analizados, el Proyecto LEA es el más similar a nuestro proyecto. Aquí de nuevo vemos como las ideas clave son la eliminación del fracaso escolar, la adaptación a la sociedad del conocimiento, adaptación a los ritmos de aprendizaje, actitudes democráticas, nivel de conocimientos…

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